Consultas sobre Reproducción Asistida
Frente a consultas que han surgido respecto a la cobertura del Tratamiento de Infertilidad Humana mediante técnicas de Reproducción Asistida de alta complejidad, el FNR elaboró un documento de Preguntas Frecuentes.
La Comisión Honoraria Administradora del FNR aprobó la normativa del Tratamiento de Infertilidad Humana mediante técnicas de Reproducción Asistida de alta complejidad.
En estos días se están ultimando detalles para dar inicio a la cobertura. El FNR está gestionando la firma de los contratos de gestión con las clínicas de fertilidad y ajustando detalles con el Banco República y una red de cobranzas para que la realización del copago sea lo más accesible para la población.
En la normativa del Tratamiento se encuentra la información del procedimiento y los criterios del FNR para brindar la cobertura. Asimismo, se elaboró un documento con Preguntas Frecuentes ante consultas realizadas. http://www.dgi.gub.uy/wdgi/page?
FORMULARIO
COMPLETAR Y ENTREGAR A SU GINECÓLOGO
www.dgi.gub.uy/wdgi/page
FINANCIACIÓN
www.dgi.gub.uy/wdgi/page
PREGUNTAS FRECUENTES
¿Cuál es el primer paso para acceder a la cobertura del procedimiento de Reproducción Asistida de alta complejidad?
• El primer paso es consultar con su ginecólogo tratante en su institución de asistencia.
¿Qué pasa si ya estoy diagnosticada y me han indicado una técnica de alta complejidad?
• Aunque se haya hecho diagnóstico de infertilidad y sepa que requiere un tratamiento de alta complejidad, deberá consultar con su ginecólogo tratante, ya que es quien iniciará el trámite de solicitud al FNR si corresponde.
¿Qué pasa si ya me realicé un tratamiento anterior?
• La cobertura del FNR no tendrá en cuenta los tratamientos previos de alta complejidad que la mujer se haya realizado.
¿Qué incluye la cobertura?
• La cobertura del FNR incluye 3 ciclos de estimulación/intentos, cada uno de ellos con hasta 3 transferencias embrionarias.
¿La cobertura incluye la técnica de inseminación artificial?
• La inseminación artificial es una técnica de baja complejidad, por lo que la mujer deberá dirigirse a su institución de asistencia médica, ya que es allí donde se lo debe realizar.
¿Cuáles son las clínicas habilitadas?
• Para conocer cuáles son las Clínicas de Fertilidad Habilitadas debe dirigirse a Atención al Usuario del MSP.
¿Puedo elegir cualquiera de las clínicas habilitadas?
• Sí, la normativa del FNR establece que la mujer podrá elegir entre cualquiera de las clínicas que se encuentren habilitadas por el Ministerio de Salud Pública para dicho fin.
¿Quién completa los formularios?
• Los Formularios de solicitud de tratamiento del FNR son de uso exclusivo y para completar únicamente por los ginecólogos de las instituciones de asistencia y de las clínicas de fertilidad.
El único formulario que completa la mujer es el formulario de declaración de ingresos de la DGI (formulario 3913), que puede bajarse de la página de DGI o retirarse en persona allí. El sector de la DGI donde se realiza el trámite es:
Montevideo: Recepción de declaraciones (subsuelo de la DGI)
Interior: en cada oficina.
Consultar horarios de atención en www.dgi.gub.uy
¿Dónde entrego el formulario de la DGI?
• El formulario de DGI es uno más de los documentos/formularios que la institución de asistencia debe entregar al FNR para dar inicio a la cobertura. Por tanto, la persona debe entregarlo en la Dirección Técnica de su institución. El formulario NO se entrega en el FNR.
¿Cómo sé de acuerdo a mi ingreso cuánto debo copagar?
• En la página del FNR está publicado la tabla de Copagos por tramos de ingresos, con un caso a modo de ejemplo. En todos los casos el FNR va a considerar lo informado por DGI
¿El copago puede financiarse?
• Por ahora no está previsto que el copago pueda abonarse en cuotas. El mismo se efectivizará en una cuenta de BROU o en una red de cobranza.